¿cómo tramitar la baja de una empleada de hogar?

¿cómo tramitar la baja de una empleada de hogar?

¿cómo tramitar la baja de una empleada de hogar?

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Utilizando el sistema de información para el envío de comunicaciones obligatorias (servicio de notificación obligatoria en línea), gestionado por el Ministerio de Trabajo y Política Social, puede cumplir con todos los requisitos de información relativos a la contratación del trabajador y los sucesos posteriores que se produzcan durante la relación mediante la presentación de una única notificación cada cierto tiempo. La notificación obligatoria del establecimiento, la prórroga, la conversión y la finalización de las relaciones laborales enviada al Ministerio de Trabajo es polivalente y puede utilizarse para cumplir los requisitos de información relativos a otras instituciones competentes.

El envío de los datos se realiza a través de los servicios informáticos puestos a disposición por el Ministerio de Trabajo de acuerdo con las normas específicas y rellenando los formularios correspondientes (véase el Decreto Interministerial de 30 de octubre de 2007). Los principales formularios son el formulario unificado de empleo («UniLav») y el formulario unificado de suministro («UniSomm»).

Cuando finaliza una relación laboral, el empresario debe presentar el formulario UniLav, cumplimentando la sección «Terminación», en un plazo de 5 días a partir de la fecha de finalización de la relación laboral. Si el quinto día es festivo, este plazo se prolonga hasta el siguiente día laborable.

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Todos los empleados -ya sean locales o extranjeros, incluido el trabajador doméstico migrante (MDW)- pueden rescindir el contrato de trabajo en cualquier momento, siempre y cuando cumplan con el preaviso establecido en su contrato, o realicen un pago en lugar del preaviso. El objetivo es mantener la flexibilidad tanto para el empleador como para el trabajador doméstico migrante. Cuando los empleados lo hacen, no se considera un incumplimiento de contrato. Del mismo modo, los empleadores también deben dar el preaviso establecido en el contrato si tienen la intención de poner fin al empleo del MDW prematuramente.

Tanto los empleadores como los MDW pueden necesitar rescindir un contrato antes de tiempo por razones imprevistas. Para ello, los contratos de trabajo suelen prever esta flexibilidad mediante cláusulas de rescisión, que pueden ejercerse antes de la expiración del contrato. Dicho esto, muchas agencias de empleo ofrecen asistencia a los empleadores, como la búsqueda de un sustituto, si la MDW rescinde su contrato de trabajo antes de tiempo.

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Usted y su trabajadora doméstica deben firmar un acuerdo de seguridad antes de que empiece a trabajar para usted.Contrato de trabajoLas condiciones del contrato de trabajo deben ser acordadas por usted y su trabajadora doméstica.

Puedes pedir a tu agencia de empleo que redacte un contrato de trabajo para ti y tu trabajadora doméstica.Terminación del contrato de trabajoSe permite la terminación anticipada para mantener la flexibilidad para ti y tu trabajadora doméstica, ya que las circunstancias pueden cambiar.

Tanto tú como tu FDW podéis rescindir el contrato de trabajo dando el plazo de preaviso establecido en el mismo. Si no se puede dar el plazo de preaviso, la parte que resuelva el contrato deberá pagar el salario en lugar del preaviso. Cuando se contrata a una trabajadora doméstica por primera vez o se la traslada, la agencia de empleo debe hacer que usted y ella firmen un acuerdo de seguridad.

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Los empleados personales o domésticos que acompañan o siguen a un empleador a los Estados Unidos pueden optar a los visados B-1. Esta categoría de empleados domésticos incluye, pero no se limita a, cocineros, mayordomos, chóferes, empleadas domésticas, aparcacoches, lacayos, niñeras, au pairs, ayudantes de madres, jardineros y acompañantes remunerados.

a.    Los empleados personales o domésticos que acompañen o sigan a empleadores ciudadanos estadounidenses asignados temporalmente a los Estados Unidos pueden ser elegibles para una clasificación de visado B-1 siempre que:

b. El empleador ciudadano de EE.UU. esté sujeto a traslados internacionales frecuentes de dos años o más como condición del trabajo, según lo confirmado por la oficina de personal del empleador, y regrese a Estados Unidos para una estancia no superior a seis años.    El empleador será el único proveedor de empleo para el empleado nacional, y le proporcionará al empleado alojamiento y comida gratuitos y un billete de avión de ida y vuelta, tal como se indica en los términos del contrato de trabajo; y

c. El contrato de trabajo requerido ha sido firmado y fechado por el empleador y el empleado y contiene una garantía del empleador de que, además de las disposiciones enumeradas en el punto (b) anterior, el empleado recibirá el salario mínimo o el salario vigente, el que sea mayor, por una jornada laboral de ocho horas.    El contrato de trabajo debe reflejar también cualquier otra prestación que se exija normalmente a los trabajadores domésticos estadounidenses en el ámbito del empleo.    El empleador avisará con al menos dos semanas de antelación de su intención de terminar el empleo, y el empleado no necesita avisar con más de dos semanas de antelación de su intención de dejar el empleo.

Acerca del autor

Josue Llorente

Soy Josue Llorente, tengo 25 años y soy licenciado en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid con experiencia en medios tradicionales y digitales. Me apasiona el periodismo en esta nueva era y su evolución en el medio digital.

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