¿cuáles son las características del contrato de comodato?
ejemplo de comodato
Artículo 1940. Es válida la estipulación de que el comodatario pueda hacer uso de los frutos de la cosa prestada. (n) SECCIÓN 2Obligaciones del comodatarioArtículo 1941. El comodatario está obligado a sufragar los gastos ordinarios de uso y conservación de la cosa prestada. (1743 bis) Artículo 1942. El comodatario es responsable de la pérdida de la cosa, aunque sea por caso fortuito:
Artículo 1943. El comodatario no responde del deterioro de la cosa prestada debido únicamente al uso de la misma y sin su culpa. (1746) Artículo 1944. El comodatario no puede retener la cosa prestada alegando que el comodante le debe algo, aunque sea por razón de los gastos. Sin embargo, el comodatario tiene un derecho de retención por daños y perjuicios mencionado en el artículo 1951. (1747 bis) Artículo 1945. Cuando hay dos o más comodatarios a quienes se presta una cosa en el mismo contrato, responden solidariamente. (1748 bis) SECCIÓN 3Obligaciones del comodatarioARTÍCULO 1946. El comodante no puede exigir la devolución de la cosa prestada hasta después de la expiración del plazo estipulado, o de la realización del uso para el que se ha constituido el comodato. No obstante, si entretanto tuviera una necesidad urgente de la cosa, podrá exigir su devolución o su uso temporal. En caso de uso temporal por parte del comodante, el contrato de comodato se suspende mientras la cosa esté en posesión del comodante. (1749 bis) Artículo 1947. El comodante puede exigir la cosa a voluntad, y la relación contractual se denomina precario, en los siguientes casos:
ejemplo de contrato commodatum
En el derecho romano, los contratos podían dividirse entre los in re, los que eran consensuales, y los que eran contratos innominados en el derecho romano. Aunque Gayo sólo identifica un único tipo de contrato in re, se suele pensar que había cuatro, como identifica Justiniano: mutuum (préstamo para consumo), commodatum (préstamo para uso), depositum (depósito) y pignus (prenda).
Cada uno de ellos variaba en cuanto a las normas de atención esperadas, la transferencia de la propiedad y otros aspectos prácticos derivados de la finalidad de cada uno. Todas implicaban la entrega de una cosa física, lo que constituye una característica definitoria. Por lo general, se complementaban con la stipulatio y el contrato inominado, que permitían añadir disposiciones adicionales, como intereses, a los contratos in re, haciéndolos más adecuados para las aplicaciones comerciales.
Justiniano identifica cuatro tipos de contratos reales – contratos in re (en una cosa) – mutuum, commodatum, depositum y pignus. Los cuatro tienen en común un acuerdo y la entrega de una res corporalis[1]. Se contraponen a los contratos consensuales e inominados[1]. Los contratos reales tenían una importancia limitada, aunque aparecen de forma destacada en las obras de los juristas. Si había que crear una stipulatio para cubrir algún interés, también se podía utilizar para cubrir los demás elementos de la transacción[2].
¿es el comodato un verdadero contrato?
El préstamo se conoce comúnmente como la prestación de dinero por parte de una persona, entidad o sociedad a otra parte a cambio de su devolución. Sin embargo, según el Código Civil, el contrato de préstamo tiene un concepto más amplio.
«Por el contrato de préstamo, una de las partes entrega a otra, bien una cosa no consumible para que ésta la utilice durante cierto tiempo y la devuelva, en cuyo caso el contrato se llama comodato; o bien dinero u otra cosa consumible, con la condición de que se pague la misma cantidad de la misma especie y calidad, en cuyo caso el contrato se llama simplemente préstamo o mutuo.»
Según la Ley, existen dos tipos de préstamo: el Commodatum y el Mutuum o préstamo simple. En el Commodatum, el prestamista entrega al prestatario una cosa no consumible para que éste la utilice durante un tiempo determinado y devuelva la cosa idéntica. En el préstamo simple o mutuo, en cambio, el prestamista entrega al prestatario dinero u otra cosa consumible con la condición de que éste pague la misma cantidad de la misma clase y calidad. Una cosa es consumible cuando se consume al utilizarla de forma adecuada a su finalidad o naturaleza, como el arroz, la gasolina, el dinero, la fruta, la leña, etc.
commodatum en derecho
Artículo 1151. El plazo de prescripción de las acciones que tengan por objeto la ejecución de las obligaciones de pago del principal con intereses o de la renta vitalicia, correrá a partir del último pago de la renta o de los intereses. (1970a) Artículo 1152. El plazo de prescripción de las acciones que tengan por objeto exigir el cumplimiento de la obligación declarada por una sentencia, comienza a correr desde que la sentencia quedó firme. (1971) Artículo 1153. El plazo de prescripción de las acciones para exigir la rendición de cuentas corre desde el día en que las personas que debían rendirlas cesan en sus funciones. El plazo para la acción derivada del resultado de la contabilidad corre desde la fecha en que dicho resultado fue reconocido por acuerdo de los interesados. (1972) Artículo 1154. El plazo durante el cual el acreedor se vio impedido, por un caso fortuito, de hacer valer su derecho, no se computa en su contra. (n) Artículo 1155. La prescripción de las acciones se interrumpe cuando se interponen ante el tribunal, cuando hay demanda extrajudicial escrita de los acreedores y cuando hay algún reconocimiento escrito de la deuda por parte del deudor. (1973a)